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SEGURO SOCIAL BENEFICIOS POR INCAPACIDAD
Que tipo de beneficios por incapacidad paga el Seguro Social?
PERSONAS INCAPACITADAS: TRABAJADORES INCAPACITADOS
Las personas que estan severamente incapacitadas pueden ser elegibles a beneficios mensuales, bajo uno o mas de los programas administrados por la caja de Seguro Social. Tanto el Seguro Social como el programa de Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI) proveen un ingreso mensual para las personas incapacitadas severamente. Sin embargo, los requisitos no medicos de elegibilidad para ambos programas son diferentes.
El programa de Seguro Social por Incapacidad paga beneficios a los trabajadores incapacitados y a sus familias. Para ser elegible a beneficios de Seguro Social por Incapacidad, usted debe estar un trabajador incapacitado y haber ganado un numero determinado de creditos de sus empleos cubiertos bajo el Seguro Social. (El numero de creditos requeridos varia dependiendo de la edad del trabajador incapacitado al momento de incapacitarse). La incapacidad sufrida debe de durar por 12 meses o mas, o debe de ser una incapacidad permanente.
PERSONAS CON RECURSOS Y INGRESOS BAJOS
Que beneficios paga el instituto de Seguro Social para personas que tienen ingresos y recursos bajos?
El programa de Seguridad de Ingreso Suplementario provee un ingreso mensual a las personas que tienen 65 anos o mas O que esten ciegas o incapacitadas, y tienen recursos y ingresos bajos. A partir de enero de 2002, el pago mensual de Seguridad de Ingreso Suplementario para un individuo elegible es $545y de $817 para una pareja elegible. Si esta casado, y solo una persona es elegible, parte de los ingresos de su conyuge pueden ser usados para determinar su elegibilidad a beneficios.. Ademas, sus recursos (ahorros y fondos propios) no pueden exceder los $2,000 para un individuo ($3000) si esta casado). Usted puede ser elegible a Seguridad de Ingreso Suplementario aun cuando nunca haya trabajado en un empleo cubierto bajo el Seguro Social. Ningun beneficio de Seguridad de Ingreso Suplementario se le paga a los miembros de la familia, solamente a la persona incapacitada.
DERECHO LEGAL : TENER ABOGADO
Usted tiene derecho de estar representado por un abogado. Los honorarios del abogado se pagan cuando se concluye el caso. Usted no debe de pagar honorarios si el caso no se gana. Para mas informacion, usted puede llamarnos en California a nuestro numero de telefono gratis
1-800-221-0611.
Solamente acceptamos casos en el estado de California exclusivamente.
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